Jurista e ex-ministro do Supremo Tribunal Federal, José Francisco Rezek, fala sobre mensalão e espionagem:
Jurista e ex-ministro do Supremo Tribunal Federal, José Francisco Rezek, fala sobre extradição: O desatino brasileiro no caso Cesare Battisti.
terça-feira, setembro 24, 2013
quinta-feira, setembro 19, 2013
segunda-feira, setembro 09, 2013
CRÓNICA DEL XIII COLOQUIO
XIII COLOQUIO ANUAL DEL CONSORCIO LATINOAMERICANO
DE LIBERTAD RELIGIOSA
“Libertad Religiosa, Igualdad y Autonomía de las Entidades Religiosas”
Richmond, Virginia, 19 al 21 de agosto, 2013
CRÓNICA DEL XIII
COLOQUIO
Prof. Carmen Asiaín
Los miembros estadounidenses
-extraordinarios y honorarios- del CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD RELIGIOSA fueron este año los generosos anfitriones
y organizadores del XIII Coloquio Anual de dicho Consorcio que esta vez, y en
atención a sus reiterados ofrecimientos, tuvo lugar fuera del ámbito geográfico
propio del Consorcio, esto es, de América
Latina. El Coloquio reunió en Richmond, Virginia, Estados Unidos de América, a
académicos de once países quienes disertaron sobre el tema central “Libertad Religiosa, Igualdad y Autonomía de las Entidades Religiosas” y sobre otras temas en que se encontraban
investigando, habiendo sido el Randolph-Macon College la sede principal de los
encuentros.
Como
es habitual en nuestros coloquios anuales, se dedicó una jornada completa al
abordaje del tema central, tratado por los ponentes nacionales por países en
sesiones abiertas al público, lo que ofreció un panorama de derecho comparado
bastante amplio, sobre la regulación jurídica, los conflictos o casos de
interés en torno a la Autonomía de las Entidades Religiosas. Las experiencias
de los países participantes, expuestas de forma sistemática, analítica y
crítica ofrecieron una perspectiva horizontal o transversal acerca de la
problemática suscitada por el grado de respeto por los ordenamientos jurídicos
involucrados, de un único pero polimórfico tema: el derecho de las entidades
religiosas de conducirse de conformidad con sus principios o ideario. La
reiteración de inquietudes que el tema provocaba y la necesaria atención a sus
principios informadores, una vez consensuados por la casi totalidad de los
expertos, es lo que permite luego llegar a formular unas conclusiones
ineludibles sobre el tema central, con particularidades, por supuesto, cuando
se decanta en cada una de las concreciones nacionales.
Este
año destacaron por su profundidad y rigor científico las aportaciones de las
sesiones anexas sobre temas ajenos –aunque a veces muy vinculados- al central. La
dinámica de trabajo, como es ya costumbre, consistió en paneles de dos o tres ponencias,
seguidas del debate suscitado por preguntas o comentarios del público asistente,
habiéndose reservado especial tiempo para ello, por su especial interés.
Continuando con nuestra tradición, no faltó tampoco la oportunidad para la
presentación de publicaciones jurídicas, ya obras individuales ya colectivas,
así como para la entrega de tres obras colectivas del propio CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD RELIGIOSA, fruto
de tres respectivos coloquios anuales. Este año la celebración de la XIII Asamblea
Anual del CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD
RELIGIOSA fue cerrada con la elección de los
integrantes del nuevo Consejo Directivo, para el ejercicio noviembre de 2013 –
noviembre de 2017.
En más detalle…
La inauguración del XIII Coloquio fue saludada por uno
de los organizadores del mismo, el miembro extraordinario Scott E. Isaacson, Director Ejecutivo y Asesor Regional para
Latinoamérica del Centro Internacional para Estudios de Derecho y Religión de
la Universidad Brigham Young y miembro extraordinario del CLLR, quien enfatizó la importancia de la
Libertad Religiosa como derecho humano fundamental, denunciando la pretensión
de algunas corrientes de limitarla sólo a uno de los aspectos de la misma: la
libertad de cultos o sólo de creencias, y auspiciando que el Coloquio animara a
sus partícipes a ser influencias fuertes en nuestros ámbitos. El Vicerrector de
Asuntos Académicos de la institución anfitriona Randolph-Macon College, William T. Franz, resaltó el ámbito
geopolítico e histórico que ofrecía Virginia a un evento como el presente, cuyo
legado era hoy vívido en el pluralismo de estudiantes y docentes del centro de
estudios. Adquirir conocimientos es algo
bueno; pero salvar almas es algo aún mejor, recordando a Randolph-Macon.
Citando hitos de la declaración de Virginia sobre Libertad Religiosa, abordó
los desafíos a que se enfrentan las universidades confesionales ante su
eventual conflicto con la cláusula constitucional de no-establecimiento. Ana María Celis, Presidente del CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD RELIGIOSA en
sus palabras inaugurales delineó la naturaleza y cometidos del Consorcio,
agradeciendo a los organizadores y anfitriones. Destacó que el tema central era
de suma actualidad debido a las iniciativas legislativas, administrativas y
jurisprudenciales que influyen en la autonomía de las entidades religiosas, en
terrenos como el de la discriminación laboral, conflictos sobre lugares
privados y protección de la vida, entre otros, y auguró que el intercambio
académico era hábil para arrojar luz sobre estos dilemas. El último orador del
acto de apertura fue W. Cole Durham, Director
del Centro Internacional para Estudios de Derecho y Religión de la Universidad
de Brigham Young y miembro honorario del CLLR,
quien manifestó sentirse honrado por estar asociado al CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD RELIGIOSA y agradecido por la
cooperación brindada para hacer coincidir ambos eventos, el XIII Coloquio del CONSORCIO LATINOAMERICANO DE LIBERTAD RELIGIOSA
y el III Congreso Internacional del International Center for Law and Religion
Studies (ICLARS), instituciones que habían elegido para su reencuentro luego de
Santiago de Chile 2011, el lugar donde la Libertad Religiosa había nacido en
América: Virginia. Repasando los documentos de Virginia sobre Libertad
Religiosa, recalcó su influencia hasta el presente, siendo ejemplo de ello la creación
del “First Freedom Project”, con sede en Richmond, Virginia. Reflexionó que en
algunos países nos hemos acostumbrado a gozar de la Libertad Religiosa por
tanto tiempo, que muchas veces la damos por sentado y olvidamos sus
fundamentos, tras lo cual instó a todos a ser garantes de la misma en nuestros
países y fuera de ellos, para su goce por toda la humanidad.
La
primera jornada fue dedicada al “coloquio de profesores”, consistente en el
intercambio de sus presentes investigaciones. Abrió el Prof. Octavio Lo Prete, de Argentina (Pontificia Universidad
Católica Argentina y Universidad de Buenos Aires, Presidente del Consejo
Argentino para la Libertad Religiosa (CALIR) y vocal del Consejo Directivo del CLLR, analizando La Libertad Religiosa en la Declaración de 1981: Dimensiones y
Contenido. Haciendo un repaso histórico acerca de su proceso de
elaboración, puso de relieve su propósito: ayudar a hacer operativos los
derechos ya consagrados y desarrollar las plataformas plasmadas en los instrumentos
internacionales, entre los que destacó a la Declaración Americana de Derechos y
Deberes del Hombre de mayo de 1948 como pionera. Desmenuzó sistemáticamente en categorías
las diversas manifestaciones del derecho fundamental de libertad religiosa
desarrollado en la Declaración del ’81 y sus proyecciones en varios ámbitos.
Recalcó el lugar privilegiado que se había conferido a lo que llamó una tríada de tutela de la misma libertad:
de pensamiento, conciencia y religión, que incluía toda creencia, aun el ateísmo.
Detectó lo que la Declaración del ’81 considera los estándares mínimos del respeto de dicho derecho fundamental,
destacando la dimensión de la manifestación y consideración en el ámbito
público, dentro de la debida promoción del bien común. El precio por la Libertad Religiosa es de vigilancia eterna,
concluyó, invitando a que se incorporaran los contenidos de la Declaración en
un instrumento vinculante.
El
Prof. Asher Maoz, Decano de la
Facultad de Derecho del Centro Académico Peres, de Israel, invitado especial a
este Coloquio, abordó el tema de Democracia
y Judaísmo, demostraba cómo ya desde
la Alianza de Dios con su pueblo, el sentido de reciprocidad entre gobernante y
gobernados era manifiesto, y lo propio ocurría en otros libros sagrados. Destacó
que desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, el concepto de Democracia ya no
se restringe a la posibilidad del sufragio, sino que apela a un régimen
sustantivo de estado de Derecho, y se propone verificar si éste rige en el Judaísmo.
El Judaísmo no proclama el concepto de derechos, sino de Justicia la cual puede
en definitiva proveer mejor protección a los derechos, y siendo el Judaísmo un
sistema religioso, incluye a los derechos humanos. Subrayó en este sentido, la
abolición de la esclavitud, el deber de vivir y otras de larga data en la
tradición judaica. El Judaísmo antes proclama los deberes que los derechos del
hombre, siendo el primer deber honrar a Dios. Hace notar que la dignidad humana
se deriva de la creación misma, en la más antigua de las doctrinas que afirma
que todos los hombres son creados iguales, a imagen de Dios, todos
descendientes de Adán. La igualdad imbuye la Alianza entre Dios y el pueblo de
Israel; la Torá fue entregada a todos, pueblo de sacerdotes y nación sagrada.
Se detuvo luego en algunas implicancias prácticas de esta doctrina, relevando
interesantes casos jurisprudenciales.
La
ponencia de la Prof. María Elena
Pimstein, de la Pontificia Universidad Católica de Chile y miembro del CLLR se centró en Universidades Confesionales y libertad religiosa: algunos ejemplos. La
dinámica de su exposición consistió en preguntas incisivas sobre el alcance de
la autonomía y libertad de ideario de las instituciones educativas, la
identidad confesional y lo es que por definición Universidad y sus fines,
interpelando a los académicos presentes e instándolos a tomar posición ante los
ineludibles dilemas que se están planteando en el presente. Partiendo de la
problemática de su Universidad Católica se pregunta con ánimo de
generalización: ¿Deben ser más
universidades o más católicas? Tras analizar qué significa ser Universidad
y qué ser Católica, a qué se comprometen quienes forman parte de ellas como
académicos y alumnos, releva los desafíos que se presentan hoy para vivir la fe
en general, ante la creciente secularización. Advierte de los peligros de la
pérdida de identidad, estando llamada a ser aporte a la sociedad, y cómo algunos
de los principios de su misión son instransables, por lo que urge una armoniosa
conciliación entre identidad católica y principio de no discriminación. Realiza
una disección de los términos “Universidad” y Católica”, que no se limita a la
presencia de crucifijos en las aulas. ¿Se
puede enseñar como si Dios no existiera? ¿Se puede dejar de trasmitir los
valores evangélicos por el respeto a los no creyentes? ¿Puede ocuparse como
púlpito para predicar? ¿Puede desentenderse de la Iglesia Católica? La
catolicidad no es de cada miembro, sino del conjunto, no obstante la autonomía
respecto a la Iglesia. No impone, sino que propone la Fe. A la pregunta inicial
–y seguida de activo debate- contesta: más
Universidad y más Católica, calidades complementarias en la búsqueda de la
verdad dentro de los principios fundacionales.
El
siguiente panel fue moderado y amenizado por el Prof. Rafael Palomino, de la Universidad Complutense de Madrid,
miembro extraordinario del CLLR. La Prof. María Concepción Medina González,
de la Universidad Autónoma de México y miembro del CLLR, se concentró en La
Figura Jurídica de ‘Asociación Religiosa’ en México: Cadena o Instrumento para
Desarrollar Libertad Religiosa. Partiendo de la reforma constitucional que
habilitó el reconocimiento de personalidad jurídica a las iglesias como
asociaciones religiosas, resalta que el régimen consiste en el otorgamiento –no
reconocimiento- de dicho estatus, y opta por el término comunidades religiosas a la hora de referirse a ellas. El fundamento
sobre el cual se apoya la reforma fue el reconocimiento de la finalidad de
religiones, que es de interés público. Sin embargo, con espíritu crítico señala
algunos derechos vedados a las comunidades religiosas, como el impartir
educación religiosa en las escuelas públicas, o casos de negativa de registro
como Asociación Religiosa o aún de su cancelación. Por otro lado, reconoce que
al amparo del principio de buena fe, se han concretado casos de colaboración
entre el gobierno y las Asociaciones Religiosas. El estatus y reconocimiento de
personalidad jurídica es un elemento facilitadors de la Libertad Religiosa
–señala-, por ello merecedor de fomento por el Estado. Enmarca en dicho
espíritu la aprobación de la reforma del art. 24 constitucional en julio de
2013, como colaboración eficaz para el bien común.
Tras el almuerzo compartido, la siguiente
sesión fue moderada por la Prof. Cecilia
Quintana de la Universidad Femenina del Sagrado
Corazón, Perú, miembro del CLLR. Presentó a
la Prof. María José Valero, del Centro Universitario Villanueva, Universidad
Complutense de Madrid, como invitada especial del CLLR, quien analizó El
derecho de los profesores de religión católica al respeto de su vida privada y
familiar en el ámbito de la escuela pública, como fuente de tensiones o
conflicto cuando este derecho colisiona con el de las entidades a seleccionar
el personal conforme a sus principios. Haciendo un relevamiento de la
jurisprudencia del Tribunal Constitucional español y del Tribunal Europeo de
Derechos Humanos, destaca que el título elegido para este Coloquio coincide con
la presente preocupación internacional por la lucha contra la discriminación,
involucrando los derechos de los padres a elegir la educación religiosa y moral
para sus hijos en coordinación con el derecho de libertad religiosa. Apelando a
la aplicación del Principio de Cooperación entre el Estado y las religiones sin
comprometer la neutralidad del Estado, verifica el derecho de autonomía de las
confesiones religiosas, en tanto ésta también vela por la aconfesionalidad del
Estado, al eximirle de enseñar acerca de dichos temas. Analizando varios
recientes pronunciamientos de los tribunales, ensaya una respuesta a la
interrogante ¿las decisiones de las
entidades religiosas gozan de inmunidad en caso de despido? Es crítica de
los criterios fluctuantes de la jurisprudencia, que omiten la consideración de
todos los elementos en juego: derechos de los padres, de los menores, de las
confesiones religiosas a trasmitir las creencias y advierte acerca de los
riesgos derivados de la intromisión o interferencia de los Tribunales en
aspectos doctrinales de las iglesias.
La
invitada especial del CLLR, Prof. Victoria Vergara de la
Universidad de la República, Uruguay, aportó Algunos comentarios a la ley de ‘interrupción voluntaria del embarazo’
y su decreto reglamentario desde la perspectiva de la libertad de conciencia y
de religión, en un análisis que sin dejar de ser crítico, tuvo el propósito
de ser exegético, jurídico y objetivo.
Ilustró que la aprobación lo fue por ajustada mayoría, y acusó la falta de
debido debate a que se sometió el proyecto de ley, imponiendo celeridad versus
estudio y previsión, lo que provocó inconstitucionalidades e inconsistencias
con el resto del ordenamiento jurídico. Encuentra en el texto del decreto
reglamentario la verdadera intención detrás de la ley: instaurar el aborto con
la mayor amplitud posible y restringir al máximo la objeción de conciencia
individual y de ideario institucional. Denuncia también la ampliación de las
hipótesis de aborto no punible introducidas por el decreto reglamentario y
realiza serios cuestionamientos a que se haya cabalmente recepcionado el consentimiento
informado. La objeción que puede plantear una entidad debe ser preexistente, y
la individual queda reservada a aquellos que intervengan directamente en el
procedimiento. La entidad excusada debe contratar terceros para el cumplimiento
del acto; es obligación del médico derivar a la paciente a otro no objetor. Por
último, denuncia las incongruencias en que incurre el Ministerio de Salud
Pública, cuando sale a intentar persuadir a los objetores.
Tras el receso, el Prof. Sergio González de la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia, Vocal del Consejo Directivo del CLLR dio la bienvenida y presentó al invitado especial del CLLR, Prof. Aldir Soriano de la Universidad del Oeste Paulista, Brasil, quien disertó sobre Thomas Jefferson, the Wall of separation between Chuch and State and Religious Freedom, haciendo honor al Estado de Virginia, donde la Libertad Religiosa nació. ¿Por qué hablar sobre Thomas Jefferson en un coloquio para Latinoamérica?, se pregunta. Por su contribución en la materia, que motivo la investigación llevada a cabo por el expositor. Luego de comentar casos de EE.UU., Brasil y el Reino Unido, se centra en demostrar la influencia del cristianismo en la creación del Estado Americano libre, a diferencia de los orígenes de Francia, hostil a lo religioso. Estado laico no significa Estado ateo, enfatiza. Hay derechos preexistentes, no concedidos por el Estado, siendo la función de éste garantizarlos. Hace notar que el muro de separación, antes de ser idea de Jefferson, fue la idea de Jesús mandando dar al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios, y mediante su revelación mi reino no es de este mundo. La Libertad Religiosa es un legado cristiano, afirma. Los EE.UU. han exportado democracia, legado de la civilización occidental que el ateísmo fundamentalista niega. Retoma la frase de de Jefferson: “el precio de la libertad es la eterna vigilancia”, cita con la cual cierra su oratoria.
Mais
XIII Colóquio Anual do Consórcio Latino-americano de Liberdade Religiosa, EUA
“Libertad Religiosa, Igualdad y
Autonomía de las Entidades Religiosas”
Autonomía de las Entidades Religiosas”
Richmond, Virginia
19 al 21 de agosto, 2013
19 al 21 de agosto, 2013
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